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| Nacional |
| Medidas de vergüenza con las hipotecas, especulativamente valoradas por los bancos |
| - Y la prensa y los sindicatos tan callados- |
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Juan Torres López-FD \ Hace unos días se aprobó en España un decreto del gobierno socialista sobre regulación del mercado hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero. ¡Qué casualidad! En plena crisis hipotecaria y financiera regulan el mercado hipotecario y financiero. Entre otras cosas, el decreto dice lo siguiente: "Artículo 9. Ampliación de hipoteca. Si por razones de mercado o por cualquier otra circunstancia el valor del bien hipotecado desmereciese de la tasación inicial en más de un 20%, y con ello se superasen, en función del principal pendiente de amortizar (...) la entidad acreedora, previa tasación realizada por una sociedad homologada independiente, podrá exigir del deudor la ampliación de la hipoteca a otros bienes suficientes para cubrir la relación exigible entre el valor del bien y el préstamo o crédito que garantiza. (...) El deudor (...) podrá optar por la devolución de la totalidad del préstamo o crédito o de la parte de éste que exceda del importe resultante de aplicar a la tasación actual el porcentaje utilizado para determinar inicialmente la cuantía del mismo. Si dentro del plazo de dos meses desde que fuera requerido para la ampliación, el deudor no la realiza ni devuelve la parte de préstamo o crédito a que se refiere el párrafo anterior, se entenderá que ha optado por la devolución de la totalidad del préstamo o crédito, la que le será inmediatamente exigible por la entidad acreedora". Es un poco farragoso pero lo que viene a decir es lo siguiente ¡justo ahora que bajan los precios de las viviendas!: si baja el precio de la vivienda hipotecada más de un 20% se podrá exigir del deudor la ampliación de la hipoteca a otros bienes suficientes para cubrir la relación exigible entre el valor del bien y el préstamo o crédito y si el deudor no la realiza ni devuelve la parte de préstamo o crédito, se entenderá que ha optado por la devolución de la totalidad del préstamo o crédito, la que le será inmediatamente exigible por la entidad acreedora. ¿Hay que explicar por qué se protege al banco cuando baja el precio del bien hipotecado y no al hipotecado cuando sube? ¿Está claro qué patrimonio es el que protege la ley? El decreto se publicó el pasado 2 de mayo, justo 201 años de que empezara una insurrección histórica en Madrid. La pena es que ahora la gente no se levante contra los bancos que arruinan a millones de personas y contra los gobiernos que los protegen. |
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